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INDIVIDUO

Como traducción del tér­mino ἄτομος, (véase Atomismo) el vocablo latino individuum (= ‘individuo’) designa algo a la vez in-diviso e in-divisible. Se ha dicho que el individuo es algo indiviso, pero no necesariamente indivisible. Sin embargo, tan pronto como se divide un individuo desapa­rece como tal individuo. Es razonable, pues, admitir la indivisibilidad (en principio) del in­dividuo.

Según R. Eucken (Geschichte der Philosophischen Terminologie [1879, reimp., 1960], pág. 52), Cicerón empleó los términos individuus y dividuus. Pero no pareció darles un sentido filosófico técnico. Este sentido aparece, en cambio, en otros autores.

En De providentia, 5, Séneca define los in­dividuos como entidades en las cuales nada puede separarse sin dejar de ser tales: quaedam separari a quibusdam non possunt, cohaerent, individuae sunt. El sentido de ‘indi­viduo’ es aquí el de cualquier entidad indi­visa e indivisible. El individuo no es

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