CONDICIÓN
Pierre-Michaud Quantin ha puesto de relieve la riqueza semántica del término latino conditio (= ‘condition’). Originado de condo, -is, conditio corresponde, por un lado, al griego κτίσις (= ‘fundación’, ‘creación’), en la acepción de acto y acción de crear. Tiene entonces un sentido teológico y equivale a creatio. A veces se entendió por conditio, en tanto que creatio, el propio acto creador, no «la Creación» o resultado de tal acto. Por otro lado, se entendió por conditio el estado, status, de un ser en el conjunto de las realidades, o de un hombre en la sociedad —sentido que sigue teniendo ‘condición’ al hablarse de «condición social» y que se ha extrapolado a menudo al hablarse de «la condición humana»—. En muchos casos este sentido es primariamente jurídico. En forma plural, conditiones, se entendieron también por ellas las propiedades (modos) de una realidad. Finalmente, se entendió por conditio lo que en